El pasado miércoles día 14 de Noviembre en el programa de Onda Cero, pudimos hablar de la Incapacitación en la enfermedad de Alzheimer. Para esta información estuvo Anabel Quesada, trabajadora Social de la Asociación Alcrebite y acompañada por María Dolores Almagro, presidenta de FEGRAFA,licenciada en derecho y familiar de una persona enferma de Alzheimer. Entre las dos nos hicieron comprender mejor que tenemos que hacer si tenemos un familiar enfermo.
La persona con enfermedad de Alzheimer va a presentar un deterioro de su memoria, de su capacidad de juicio, de sus facultades de reconocimiento de personas, así como un deterioro de otras capacidades cognitivas que le impedirán la correcta toma de decisiones para manejar su persona y asuntos económicos. Cuando llega una situación así es cuando se debe proceder a la declaración de incapacidad legal y consiguiente nombramiento de un tutor legal que asumirá todas las facultades necesarias para administrar y velar por los intereses del paciente. Esta declaración debe realizarse ante los Juzgados de Primera Instancia del domicilio del la persona afectada.
Este proceso de incapacidad puede durar mucho tiempo y debido a que una persona enferma de Alzheimer puede dar lugar a gran cantidad de situaciones de riesgo, existe la posibilidad de adoptar medidas cautelares:
Cuando hay situación de riesgo para el/la enfermo/a y cualquier persona(familiar o no), se motiva a informar al Ministerio Fiscal o al juez, éste último podrá tomar las medidas que a su juicio estime necesarias en cuanto a la protección de la persona del presunto incapaz y su patrimonio.
Una vez que ha terminado todo el proceso judicial. el/la tutor/a que se hace responsable de todas las cosas que acontecen a la persona incapacitada están obligados a defender y velar por los intereses del incapacitado, estando su actuación sometida al control judicial.
Por último,y en lo que respecta a las facultades del tutor debe tenerse en cuenta que existen determinados actos para los cuales será necesario obtener una autorización judicial previa, como sería el caso de la compraventa de bienes inmuebles.
Muchas veces todo este proceso resulta duro y difícil para el familiar, pero siempre hay que pensar en lo que es mejor para la persona que está enferma.
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